Condenada una empresa por discriminación por razón de sexo a una trabajadora, por el hecho de tener hijos, a abonar la indemnización por la extinción del contrato y una indemnización adicional

Se ha reconocido no haber promocionado a la trabajadora, cuando hubo una vacante, por el único motivo de ser mujer y tener hijos, a pesar de reconocer su valía y de que su expediente es mejor que el de la persona seleccionada. La trabajadora causa baja médica por trastorno adaptativo con ansiedad, y tras remitir un mail a la empresa denunciando su situación, ésta aun conociendo la gravedad de las acusaciones manifiesta que no va a tomar partido.

La reconocida discriminación quedó evidenciada en una grabación de una conversación telefónica en la que se manifiesta de forma explícita que fue discriminada por tener hijos.

Consulta en el enlace la Sentencia del TSJ País Vasco, Sala de lo Social, Sentencia 2437/2018, 11 Dic. Rec. 2204/2018

 

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